Nuevas normas en el vehículo, ¿cómo comportarme para no ser sancionado?
El pasado mes de marzo entraba oficialmente en vigor la nueva Ley de Tráfico 2022, con algunos cambios en la normativo de Tráfico, que a todo buen conductor le conviene conocer. Si aún no sabes cómo te afectan, te recomendamos que sigas leyendo.
En uno de los puntos de la reforma, ésta se centra en la revisión de las infracciones que detraen puntos al conductor, identificando los comportamientos más peligrosos en la actualidad. ¿Eres de los que cambias la canción de tu móvil mientras conduces? ¿haces un uso correcto del casco de protección? ¿y de los cinturones de seguridad y de los sistemas de retención infantil? Estos son los puntos que recoge la nueva normativa:
- Si, en alguna ocasión, conduces sujetando el móvil con la mano, ten en cuenta que además de poner en riesgo tu seguridad, puedes recibir importantes sanciones. Con la nueva normativa, aumenta la sanción de 3 a 6 puntos por el uso del teléfono móvil. Además, se mantiene la multa de 200 euros y de 3 puntos de sanción, si el conductor usa el móvil, pero no lo tiene en la mano.
- Todavía a quienes arrojan colillas por la ventanilla, cuando viajan en su coche. Debes saber que, con la última reforma, arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos (antes la pérdida era de 4).
- Sobre todo, con el buen tiempo y en carreteras secundarias, es frecuente que te cruces con ciclistas en la carretera. Ahora, aumenta la sanción de 4 a 6 puntos si adelantas incorrectamente a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros. Además, en el caso de que la calzada cuente con más de un carril por sentido, es obligatorio que cambies completamente de carril.
- Por otro lado, y motivado por el auge de este tipo de vehículo, se ha creado un reglamento específico para el uso de patinetes eléctricos. Desde enero de 2021, si utilizas uno de ellos, estás obligado a cumplir las normas de circulación, como los coches o motos. Debes circular entre 6 y 25 km/h y nunca por las aceras. También queda restringida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
- Y para reforzar el uso de los sistemas de seguridad, aumenta la sanción de 3 a 4 puntos si utilizas de forma no adecuada, o no lo utilizas, el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección.
- Si en tu vehículo posees mecanismos de detección de radares o cinemómetro, la sanciona que puedes recibir es de 3 puntos. Sanción que antes estaba limitada únicamente a su utilización.
- Además, si eres conductor de moto y en alguna ocasión decides colocar un dispositivo de telefonía móvil ajustado entre la cabeza y el casco, la sanción aplicada es de 3 puntos.
Otras normas nuevas en el sistema de puntos
Tras varios años aplicando el permiso por puntos, en la última reforma se ha actualizado el modelo con el objetivo de mejorar la eficacia del sistema y reforzar tu seguridad como conductor o peatón. Además de los casos ya mencionados, se apuesta por mejorar el comportamiento de las personas que conducen a través de los cursos.
Así, si por diferentes motivos has perdido los puntos de tu carnet, la nueva normativa incluye nuevos métodos para la recuperación de puntos:
- Se unifica en 2 años el período transcurrido sin cometer infracciones para que puedas recuperar el número de puntos inicial.
- Además, puedes recuperar hasta 2 puntos del carnet realizando los cursos de conducción segura que imparte la DGT.
Y si quiero sacarme el carnet, ¿qué cambios influyen en la obtención del permiso de circulación?
¿Sabía que en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir, en ocasiones, se cometen fraudes? El más habitual es la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados durante el examen.
Esta reforma legal también ha contemplado este tipo de situaciones. De hecho, la conducta mencionada se tipifica como una infracción muy grave que conlleva, además de la multa correspondiente (500 €), la imposibilidad de volver a presentarse a las citadas pruebas en el plazo de seis meses.
Otras novedades incluidas en este apartado que debes tener en cuenta son:
- Reducción de 21 a 19 años la edad mínima para poder conducir camiones, habiendo aprobado el Certificado de Aptitud Profesional (CAP).
- Reducción de 21 a 18 años la edad mínima para poder circular autocares sin pasajeros, en un radio de 50 km.
- Aumenta de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir con el permiso B.
- Nuevas especificaciones en los equipos de protección obligatorios para la obtención del carnet de motos.
- Personas con problemas locomotrices ahora podrán acceder a permisos de conducción de camiones y autobuses. Los avances científicos en la tecnología de los coches y las prótesis hacen que cada vez sea más accesible la conducción.
- Además, con la nueva normativa, se dispondrá de un servicio online para acceder al Registro de Conductores, pensado para aquellas empresas que se dediquen al transporte de personas y mercancías, pudiendo consultar la vigencia del carnet de sus trabajadores.
Nuevas velocidades de circulación, ¿qué debo tener en cuenta?
En cuanto a la velocidad, recuerda que, cuando conduzcas un turismo o motocicleta, ya no puedes rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales, cuando adelantes a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas. En ciudad, en vías de un sólo carril por sentido, el límite de velocidad se ha reducido a 30 km/h, mientras que en las vías con dos o más carriles seguirás pudiendo alcanzar los 50 km/h.
Por su puesto, a todas estas nuevas normas se suman las ya existentes, como la de la obligatoriedad de tener un seguro de coche.
Y tú, ¿conocías todas las novedades de la nueva ley de tráfico?
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